Micelio
Auto16 de mayo de 2001

A- de 2001

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Ladrillera Cepetrecol Ltda.

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Salas de la Corte Suprema de Justicia
  • Aplicación de normas generales
  • Conocimiento para resolverlo debe ser expreso
Corte Constitucional
  • Inaplicación del precepto constitucional
  • No puede arrogarse competencias para llenar vacíos legislativos
  • Organo aplicador de la Constitución
Sala Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • Dirime conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Estado Social De Derecho
  • Posición jurídica del individuo o del funcionario público
11 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se Inhibió por carecer de competencia de resolver el conflicto suscitado entre las Salas de Casación Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, para conocer de la acción de tutela promovida por la empresa de referencia.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Inhibirse, por carecer de competencia, de resolver el conflicto de competencia suscitado entre las Salas de Casacion Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, para conocer de la accion de tutela promovida por la Ladrillera Cepretecol Ltda. en contra de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota.
  2. Segundo. Remitir el expediente a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia y comunicar lo aqui decidido a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.